¿Qué recibe una empresa instaladora?
Una oportunidad que Comunidad Solar ya ha atendido y cualificado, acompañada de la información disponible y de una propuesta preliminar orientativa. Después de la asignación seguimos atendiendo al comunero y ordenando la relación, mientras la empresa instaladora valida la viabilidad y prepara su propia oferta final.
¿Qué ocurre si detecto una cubierta con potencial para una comunidad energética?
Nos presentas al propietario y registramos la oportunidad para estudiarla contigo. Comunidad Solar analiza la viabilidad técnica, jurídica y económica, plantea el modelo a la propiedad y, si existe encaje y el proyecto se formaliza, desarrolla la comunidad energética. La instalación se asigna al partner homologado que originó la oportunidad, siempre que mantenga la capacidad, cobertura y condiciones acordadas. Presentar una cubierta no garantiza por sí solo que el proyecto pueda desarrollarse.
¿Qué significa trabajar llave en mano?
Significa asumir el proyecto completo hasta su puesta en servicio y cierre documental: diseño o proyecto cuando proceda, permisos, instalación, seguridad, legalización, trámites con las administraciones y la distribuidora, certificados aplicables, registro, expediente final, garantías y posventa. Puede recurrirse a colaboradores, pero siempre bajo la dirección y responsabilidad de la empresa homologada.
¿Comunidad Solar instala o subcontrata la instalación?
No. Comunidad Solar no ejecuta, subcontrata, dirige ni supervisa técnicamente la instalación. Realiza una revisión preliminar de la información, facilita la formalización, hace seguimiento documental y atiende al comunero. La validación técnica, el proyecto, la ejecución, la legalización, la posventa y las garantías corresponden exclusivamente a la empresa instaladora.
¿La propuesta preliminar de Comunidad Solar es vinculante?
No. Es una orientación inicial elaborada con la información disponible. La oferta contractual corresponde exclusivamente a la empresa instaladora después de sus comprobaciones técnicas, económicas y normativas.
¿Quién mantiene la relación con el cliente?
Comunidad Solar mantiene la atención general al comunero antes, durante y después: ordena dudas, hace seguimiento documental y encauza incidencias. La instaladora mantiene la interlocución técnica y contractual necesaria, desarrolla la propuesta definitiva y responde de plazos, instalación, legalización, posventa y garantías. El cliente paga directamente a cada prestador por su propio servicio.
¿Qué significa la red de seguridad de Comunidad Solar?
Es nuestra forma de ordenar y acompañar la relación: información compartida, decisiones trazadas, responsabilidades claras y un punto de atención común. Para la instaladora significa menos incertidumbre y menos ruido general; para el comunero, más claridad y acompañamiento. No es un seguro ni sustituye las garantías o responsabilidades propias de cada empresa.
¿Cómo se formaliza cada proyecto?
Mediante un acuerdo tripartito firmado digitalmente por el cliente, la empresa instaladora y Comunidad Solar. El mismo expediente coordina dos prestaciones autónomas: la instalación llave en mano de la instaladora y el servicio de acompañamiento de Comunidad Solar. Cada prestador asume, factura y cobra directamente su parte.
¿Cómo se evita que la remuneración de Comunidad Solar encarezca la instalación?
La prestación de Comunidad Solar tiene un precio propio, visible e independiente del importe de la instalación y de sus posibles modificaciones. La oferta de la instaladora se presenta desglosada, con alcance normalizado y variaciones documentadas. Subir el precio de la obra no aumenta la remuneración de Comunidad Solar.
¿Se garantiza un número mínimo de oportunidades?
No. La homologación no garantiza volumen, frecuencia, exclusividad territorial, ventas ni ingresos. Las derivaciones dependen de la demanda, la zona, el tipo de proyecto, la capacidad disponible y el encaje operativo.
¿Enviar la solicitud garantiza la homologación?
No. La solicitud abre un proceso de evaluación. Si existe encaje inicial, pediremos documentación y evidencias. La colaboración comienza únicamente cuando la homologación está aprobada y el acuerdo ha sido firmado.